jueves, 19 de junio de 2014

DECRETO 1860 DE 1994

DECRETO 1860 DE 1994

ARTICULO 17. REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA. 

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 73 y 87 de la Ley 115 de 1994, todos los establecimientos educativos deben tener como parte integrante del proyecto educativo institucional, un reglamento o manual de convivencia.
 El reglamento o manual de convivencia debe contener una definición de los derechos y deberes de los alumnos y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa.




 En particular debe contemplar los siguientes aspectos:

1.- Las reglas de higiene personal y de salud pública que preserven el bienestar de la comunidad educativa, la conservación individual de la salud y la prevención frente al consumo de sustancias psicotrópicas.

2.- Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo, tales como equipos, instalaciones e implementos.

3.- Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar.

4.- Normas de conducta de alumnos y profesores que garanticen el mutuo respeto.

Deben incluir la definición de claros procedimientos para formular las quejas o reclamos al respecto.

5.- Procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos individuales o colectivos que se presenten entre miembros de la comunidad. Deben incluir instancias de diálogo y de conciliación.

6.- Pautas de presentación personal que preserven a los alumnos de la discriminación por razones de apariencia.

7.- Definición de sanciones disciplinarias aplicables a los alumnos, incluyendo el derecho a la defensa.

8.- Reglas para la elección de representantes al Consejo Directivo y para la escogencia de voceros en los demás consejos previstos en el presente Decreto. Debe incluir el proceso de elección del personero de los estudiantes.

9.- Calidades y condiciones de los servicios de alimentación, transporte, recreación dirigida y demás conexa con el servicio de educación que ofrezca la institución a los alumnos.

 10.- Funcionamiento y operación de los medios de comunicación interna del establecimiento, tales como periódicos, revistas o emisiones radiales que sirvan de instrumentos efectivos al libre pensamiento y a la libre expresión.

11.- Encargos hechos al establecimiento para aprovisionar a los alumnos de material didáctico de uso general, libros, uniformes, seguros de vida y de salud.

12.- Reglas para uso del bibliobanco y la biblioteca escolar.



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