jueves, 19 de junio de 2014

COORDINACIÓN DE CONVIVENCIA ESCOLAR

CED PANTALEÓN GAITÁN PÉREZ 

COORDINACIÓN DE CONVIVENCIA ESCOLAR

MARCO CONCEPTUAL

La Coordinación de Convivencia es el estamento encargado de generar y promover espacios de conocimiento, análisis y reflexión de la convivencia escolar en el colegio Pantaleón Gaitán Pérez, contribuyendo a la  formación de los y las estudiantes y de la comunidad educativa, en el reconocimiento de derechos, deberes y  responsabilidades individuales y colectivos que dignifican al ser humano y a  la sociedad en general.

OBJETIVOS

  • ·  Contribuir en el fortalecimiento del respeto en  las  relaciones interpersonales entre los miembros de la comunidad educativa. 
  • ·    Generar espacios de  diálogo, reflexión  y concientización entre los miembros de la comunidad educativa, frente a la importancia de la sana convivencia.
  • ·    Promover  el cumplimiento  de los acuerdos  contempladas en el   manual de convivencia, el seguimiento del debido proceso y del conducto regular en las prácticas de convivencia como forma de asegurar el disfrute de los derechos y el cumplimiento de los deberes. 
  • ·    Orientar la resolución del conflicto  teniendo en cuenta el Manual de Convivencia y procurando la satisfacción de las partes, sobre la base de la concertación, la conciliación y los compromisos recíprocos.
  • ·  Construir y desarrollar colectivamente estrategias que fomente la convivencia pacífica,  los valores  éticos y democráticos  y el respeto por los derechos humanos.






La ley 115 el artículo primero define la educación  como: 


“ un proceso de formación permanente cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humanan, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes”; en su artículo 14, literal “d”, establece “ la educación para la justicia, la paz, la democracia, la convivencia, la solidaridad, la confraternidad, el cooperativismo y en general, la formación en los valores humanos; “ en su artículo 20 Literal “d”, dice” propiciar el conocimiento y comprensión de la realidad nacional para considerar valores propios de la nacionalidad colombiana  tales como: la solidaridad, tolerancia .

Las interpretaciones hecha por la  H.  Corte Constitucional en la sentencia 314 de 2003, que interpreta la norma del artículo 87 de la Ley 115 de 1994 y en general los dispositivos normativos que tiende a regular el comportamiento social o disciplinario de los educandos; resuelve instruir a sus Instituciones Educativas, Sobre el comportamiento social o disciplinario como elemento fundamental en el contexto de la formación integral.





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